El Impuesto sobre la Renta (ISLR) es un Impuesto que se le paga al estado venezolano (a través del Seniat) sobre las ganancias obtenidas en el año fiscal.
A solo días para que finalice el año fiscal (31 de marzo) vamos a hacer un resumen del ISLR, las exenciones y exoneraciones; así como las diferencias entre estas dos modalidades que lo liberarán potencialmente total o parcialmente de este impuesto.
La definición legal del ISLR se estableció desde 1943, en el primer artículo de la Ley de Impuesto sobre la Renta que hasta hoy permanece idéntico a pesar de todas las modificaciones, derogaciones y reformas que ha sufrido desde entonces:
Artículo 1. Los enriquecimientos anuales, netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie, causarán impuestos según las normas establecidas en esta Ley.
Salvo disposición en contrario de la presente Ley, toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en la República Bolivariana de Venezuela, pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, sea que la causa o la fuente de ingresos este situada dentro del país o fuera de él.
Las personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en la República Bolivariana de Venezuela estarán sujetas al impuesto establecido en esta Ley siempre que la fuente o la causa de sus enriquecimientos esté u ocurra dentro del país, aun cuando no tengan establecimiento permanente o base fija en la República Bolivariana de Venezuela.
Las personas naturales o jurídicas domiciliadas o residenciadas en el extranjero que tengan un establecimiento permanente o una base fija en el país, tributarán exclusivamente por los ingresos de fuente nacional o extrajeras atribuibles a dicho establecimiento permanente o base fija.
Actualmente se encuentra vigente la Ley de Impuesto sobre la Renta (enlace al final) publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria Nº 38.628 del 16 de febrero de 2007 que es un reforma sobre la Ley del ISLR de 2001 y se diferencia sobre leyes anteriores en el gravado subsidiario de la renta extranjera y el reconocimiento (como crédito) de aquellos impuestos pagados en el extranjero. Durante la reforma de 2007 se modificó el artículo 188 sobre la declaración de las pérdidas cambiarias y se estableció un nuevo artículo que impide la deducción de intereses pagados, cuando las deudas excedan al patrimonio neto del contribuyente.
Según la ley, están obligados a declarar y pagar el ISLR:
- Todas las personas naturales y herencias yacentes asimiladas a estas, que hayan obtenido durante el ejercicio económico un enriquecimiento neto anual superior a mil unidades tributarias (1.000 U.T.) o ingresos superiores a mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.)".
- Las personas naturales que han obtenido ingresos brutos superiores a dos mil seiscientos veinticinco unidades tributarias (2.625 U.T.), los cuales se deriven únicamente de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas a nivel primario, salvo lo dispuesto en el Decreto de Exoneración N° 838 del 31/05/2000
- Las personas naturales que tengan base fija en el territorio nacional, están obligadas a presentar declaración definitiva conforme a los enriquecimientos obtenidos dentro y fuera del país atribuible a dicha base fija, en caso de la personas naturales no residentes, están obligados al cumplimiento de este deber formal cualquiera que sea el monto de sus enriquecimientos.
- Todas aquellas personas jurídicas (empresas) incluyendo a las que se dedican a actividades mineras y de hidrocarburos, están obligadas a presentar declaración definitiva por los enriquecimientos netos o pérdidas que obtengan durante el ejercicio.
Preguntas frecuentes sobre la declaración del ISLR
- ¿Cuál es el valor de la Unidad Tributaria para la declaración del año 2008 y 2009?
- Hasta el 31 de marzo de 2009 el valor de la Unidad Tributaria es de Bsf. 46,00
- Hasta el 31 de marzo de 2010 el valor de la Unidad Tributaria es de Bsf. 55,00
- ¿Cuándo vence el plazo para hacer la Declaración del ISLR?
El plazo para declarar el Impuesto sobre la Renta vence el 31 de marzo de cada año.
- ¿Cuánto debo haber ganado en el año fiscal para estar obligado a declarar el ISLR?
Todas aquellas personas con ingresos de enriquecimiento neto superiores a las 1.000 unidades tributarias (1.000 U.T.) y aquellas con ingresos
brutos mayores de mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.) estan obligadas a declarar el Impuesto sobre la Renta anual antes del 31 de marzo.
- ¿Puedo pagar el ISLR en varias partes?
Según la resolución 148 del 30 de Junio de 1999 (publicada en gaceta oficial Nº 36.736 del 6 de julio de 1999), el ISLR puede ser cancelado en hasta 3 partes iguales: la primera al momento de la declaración, la segunda a los 20 días continuos de la declaración y la tercera a los 40 días continuos de la declaración.
- ¿Están sujeto a impuesto los intereses proveniente de los Bonos de la Deuda Pública Nacional (DPN) y los Bonos emitidos por la República de Venezuela denominados en dólares?
No, los enriquecimientos provenientes de los bonos de Deuda Pública Nacional y cualquier otra modalidad de título valor emitido por la república estan exentos de impuesto, según la Ley de Impuesto sobre la Renta (artículo 14, parágrafo 13).
- ¿Están sujeto a impuesto los intereses pagados por los Bancos Nacionales?
No, según el artículo 14 de la Ley del ISLR en su parágrafo 9, los intereses generados por instrumentos de ahorro están exentos de impuesto.
- ¿Deben declararse las prestaciones sociales en el ISLR?
No, las prestaciones sociales estan exentas de impuesto según el artículo 14 de la Ley del ISLR en su parágrafo 4.
- ¿Deben declararse las utilidades y los Bonos por vacaciones en el ISLR?
Si. Las utilidades, bonos por vacaciones y cualquier otra bonificación recibida durante el año deben ser declarados como ingresos en su declaración.
- ¿Debo declarar los ingresos obtenidos por intereses en una cuenta en dólares (u otra divisa) que tenga en el exterior?
No, según el artículo 14 de la Ley del ISLR en su parágrafo 9: "Están exentas de ISLR" ... "Las personas naturales, por los enriquecimientos provenientes de los intereses generados por depósitos aplazo fijo, cédulas hipotecarias, certificados de ahorro y cualquier otro instrumento de ahorro previsto en la ley general de Bancos y Otras instituciones Financieras o en Leyes especiales, así como los rendimientos que obtengan por inversiones efectuadas en fondos mutuales o de inversión de oferta pública".
- ¿Debo declarar mis ingresos por motivo de pensión y jubilación?
No, el parágrafo 6 del artículo 14 de la Ley del ISLR establece que "están exentos de ISLR los pensionados o jubilados, por las pensiones que reciban por concepto de retiro, jubilación, invalidez, aun en el caso de que tales pensiones se traspasen a sus herederos".
- ¿Qué es el desgravamen único?
Un desgravamen es una rebaja de impuesto o deducción de impuesto. La Ley del ISLR permite dos tipos de deducciones: El desgravamen único y el desgravamen detallado.
- El desgravamen único equivale a 774 Unidades Tributarias y no es necesario presentar justificación alguna.
- El desgravamen detallado permite deducciones por cuatro conceptos diferentes (algunos con límites), pero en este caso es necesario presentar comprobantes para que sea válida la deducción.
- ¿En cuáles bancos se puede presentar y pagar la declaración?
Los bancos recaudadores son:
- Banco Provincial
- Banco Federal
- Banesco
- Fondo Común
- Banco Central de Venezuela
- Corp Banca
- Banco Sofitasa
- Banco Exterior
- Banco De Venezuela
- Banco Industrial
- Banco Mercantil
- Citibank
- B.O.D
- Banco Confederado
- Central Entidad de Ahorro y Préstamo
Diferencias entre exenciones y exoneraciones tributarias
Para más información ver post sobre exenciones y exoneraciones tributarias.
ISLR vs. IVA
Para dejarlo claro, el ISLR es un impuesto anual sobre las ganancias a diferencia del IVA
o Impuesto al Valor Agregado, que es un impuesto adicional agregado a
los precios de bienes y servicios. De esta forma podemos decir que
pagamos el IVA (por ejemplo) al momento de recibir una factura de
compra en tanto que pagamos el ISLR al fin del año fiscal cuando
declaramos nuestras ganancias netas al Seniat.
Ley del Impuesto sobre le Renta
Publicado por Mandrake
el Miércoles, 26 de marzo del 2008, a las 00:20.
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53 Comentarios
x
diox...
volvieron
locos
a
ese
poco
de
hombres...!!!
pero
yo trank...
como
si
no
ubiera
pasado
nada...
es
q
todavia
no
me
han
visto
a
mi
juju
pero la vida sin hombres no seria la misma por eso yo los kelo muto a todos unos mas que otros pero full...
bye bye
“Pues bien, la aclaratoria dictada el 9 de marzo de 2007, dispuso que tal decisión “no es aplicable al período fiscal correspondiente al año 2006 pues el mismo se inició antes de que se hiciera tal interpretación, de modo que la interpretación efectuada del artículo 31 de la Ley de Impuesto sobre la Renta se aplicará, a partir del ejercicio fiscal siguiente”, es decir, al año 2007, ello en virtud de que para la fecha en que se dictó la sentencia y su aclaratoria –año 2007-, ya se había iniciado el proceso de declaración definitiva del impuesto sobre al renta correspondiente al año 2006, el cual culminó el 31 de enero de 2007. Por tanto, la declaración del impuesto sobre la renta se efectuaría conforme lo estipula la sentencia n° 301, a partir del ejercicio fiscal correspondiente al año 2007, cuya declaración anual definitiva se efectuó hasta el 31 de marzo de 2008.
(…omissis)
Estas remuneraciones que deben considerarse regulares y permanentes están claramente dispuestas en el párrafo cuarto del artículo 133 de la Ley Orgánica del Trabajo, en el cual se señala que “cuando el patrono o el trabajador estén obligados a cancelar una contribución, tasa o impuesto, se calculará considerando el salario normal correspondiente al mes inmediatamente anterior a aquél en que se causó”. Esa norma precisa que la regularidad y permanencia debe evaluarse en un período específico de tiempo: MENSUAL. Así pues, son regulares y permanentes las remuneraciones que recibe el trabajador con regularidad mensual”.
Lcda Vanessa S.
En tal sentido deberá instarse al SENIAT y demás órganos tributarios regionales y locales, que guarden correcta observancia de los derechos que asisten a las comunidades y pueblos indígenas, siendo pasibles de acciones en vía jurisdiccional las violaciones que se cometan contra tales derechos indígenas.Tal como lo plantea la Defensoria del Pueblo y MOPIVE.
correcto.
ke pongan mas vainas
sobre esta ley
prq
tengo una exposicion
de esto
y no se ke koño
poner
pssss
Favor poner la respuesta en este foro.
Gracias.
Yó tengo que hacer la declaración de la renta en Venezuela y pagar segun beneficios que obtenga y no tengo doble tributación por el convenio internacional , pero después los beneficios yó no los puedo sacar de Venezuela segun me hán dicho. ¿Es cierto esto, que yo no puedo sacar el dinero de Venezuela despues de haber pagado los impuestos que me corresponden?. ¿O si los puedo sacar y los que me estan llevando las cuentas me estan engañando?.
Haber si hay alguien que me pueda contestar, se lo agradeceria, mi correo es
asturiano_leon123@yahoo.es
Gracias
espero su pronta respuesta...
Gracias.
estudiante de ciencias fiscales. ORGULLOSO DE MI PAIS VENEZUELA.
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