Detalles sobre los montos de créditos hipotecarios para adquisición, autoconstrucción, ampliación o mejoras de viviendas otorgados por Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat.
El gobierno nacional continua modificando los montos establecidos para los créditos hipotecarios destinados a la adquisición, autoconstrucción, ampliación o mejoras de viviendas otorgados por Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat.
El límite actual para el otorgamientos de créditos hipotecarios es de 20 millones de bolívares para la adquisición de viviendas. También se establecieron nuevos límites para créditos por concepto de autoconstrucción (15 millones de bolívares), ampliación de vivienda (10 millones de bolívares y para mejoras de vivienda (6 millones de bolívares).
Asimismo, el ingreso total familiar para los solicitantes puede ser de hasta 8 salarios mínimos, previamente era de 6 salarios mínimos. Solo los contribuyentes que se encuentren activos y solventes en el Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV) y el Fondo de Ahorro Voluntario (FAVV) pueden solicitar el crédito para la adquisición de vivienda principal.

De igual forma, las cuotas para los préstamos con motivo de compra de vivienda principal no serán mayores al 35% ni menores al 10% del ingreso mensual familiar. En el caso de los préstamos para autoconstrucción de vivienda principal se pagará en un lapso de 25 años máximo.
Límites para créditos hipotecarios
Los nuevos montos máximos para el otorgamiento de créditos hipotecarios para adquisición, autoconstrucción, ampliación o mejoras de viviendas, son los siguientes:
Concepto | Límite |
---|---|
Adquisición de vivienda | Bs. 20.000.000 |
Autoconstrucción | Bs. 15.000.000 |
Ampliación de vivienda | Bs. 10.000.000 |
Mejoras de vivienda | Bs. 6.000.000 |
Tabla vigente desde enero 2017 para créditos por FAOV/FAVV.
A la fecha de su vigencia, los nuevos montos no son realmente apropiados para la adquisición de vivienda ya que no cubren ni el 30% de lo que puede costar una vivienda digna o apartamento en promedio.
Para junio de 2014 los límites de financiamiento para adquisición de vivienda era de 500.000 bolívares, para la autoconstrucción hasta 400.000 bolívares, para la ampliación de vivienda 200.000 bolívares, y para mejoras de vivienda 150.000 bolívares.
Requisitos para el crédito hipotecario FAOV
- Ser venezolano, mayor de edad. En caso de ser extranjero debe ser residente legal.
- Poseer un ingreso mensual familiar entre uno y quince salarios mínimos.
- Ser cotizante activo y solvente de FAOV/FAVV.
- La garantía será una hipoteca de primer grado sobre el inmueble adquirido.
- Las cuotas del financiamiento no deberán exceder del 35% del ingreso total familiar mensual.
- El solicitante y los co-solicitantes deberán tener una cuenta en el banco donde se solicite el crédito.
- Los solicitantes no deben poseer vivienda principal.
- El inmueble sobre el que se solicita el crédito deberá ser destinado para vivienda principal.
- Completar las planillas de su banco y consignar los recaudos solicitados.
- Plazo máximo de financiamiento de hasta 35 años.
Operadores financieros
Para iniciar el proceso de solicitud de un crédito hipotecario debe acudir a uno de los operadores financieros aprobados para el Sistema de Vivienda y Hábitat, completar las planillas de solicitud y consignarlas junto con el resto de los recaudos necesarios.
Entre las instituciones de la banca pública se encuentran el Banco Bicentenario, Banco del Tesoro, Banco Industrial de Venezuela,
Banco de Venezuela, y el Instituto Municipal de Crédito Popular.
Entre las instituciones de la banca privada autorizadas para operar con créditos hipotecarios se encuentran el Banco Activo, Banco Caroní, Banco del Caribe, Banco del Sur, Banco Exterior, Fondo Común, Banco Mercantil, Banco Nacional de Descuento, Banco Provincial, Sofitasa, Banesco, Banfoandes, y Citibank.
Subsidio
El subsidio habitacional se trata de una "ayuda" financiera de interés social en la que el estado aporta una parte de la obligación monetaria del deudor sobre la adquisición de una vivienda familiar. Este aporte puede cubrir el 100% del valor de la vivienda para aquellos grupos familiares con un ingreso mensual inferior a uno y medio (1,5) salarios mínimos. Solo aplica para grupos familiares compuesto por dos o más personas con vínculo de consanguinidad hasta el 4to grado y de afinidad hasta el 2do grado.
Detalles: Subsidio Habitacional en Venezuela
Créditos hipotecarios con recursos propios
Los solicitantes también tienen la opción de solicitar créditos con recursos propios de la banca bajo el amparo de la Ley de Protección al Deudor Hipotecario que permiten el otorgamiento de montos muy superiores a los impuestos por los créditos FAOV/FAVV. Sin embargo, los operadores bancarios son más estrictos en cuanto a los recaudos y la aprobación de estos créditos. Igualmente, el costo a financiar no supera del 75% del valor del inmueble, los intereses sobre créditos con recursos propios son mayores, y el plazo de pago total es notablemente menor, entre 5 y 20 años (en contraste con los 35 años para créditos FAOV).
Crédito máximo con recursos propios: Bs. 30.690.000,00 (febrero 2017)
El subsidio tampoco es aplicable a créditos hipotecarios con recursos propios de la banca.
Opciones hipotecarias: Régimen Hipotecario para la Adquisición de Vivienda
19 comentarios
PROPIA Y ASI PODER FORMAR MI FAMILIA VIVO ARRIMADA, SOY PROFESIONAL Y MI ESPOSO Y YO TRABAJAMOS ESPERO QUE ME PUEDAN AYUDAR