En medio de la crisis económica el Ministro de Obras Públicas y Viviendas, designa la entidad financiera encargada de realizar el cobro de las viviendas adjudicadas por el gobierno entre 1999 y 2008 en función de recuperar los aportes realizados a los distintos fondos habitacionales.
En la Gaceta Oficial Nro. 39.263 de fecha 14/09/2009 se designa al Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (creado con la nueva Ley de Vivienda y Habitat) para elaborar, administrar, y coordinar el proceso nacional de regularización de la situación legal y financiera de las viviendas construidas con recursos del Fondo de Aportes del Sector Público, correspondientes a los proyectos aprobados desde el año 1999 hasta el año 2008.
Según el Ministerio de Obras Públicas y Vivienda, esta decisión se produce debido a que, gran parte de los recursos portados por el ejecutivo nacional para la construcción de viviendas no se ha podido recuperar. Entre las razones que hace esta situación se encuentran la falta de determinación del precio de las viviendas, la falta de protocolización de los documentos de compra-venta y sus respectivos créditos al momento de la adjudicación.
De acuerdo a lo expuesto por este ministerio, estos problemas legales han imposibilitado la implementación efectiva del Plan Nacional de Cobranzas.
Esta nueva tarea designada para el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat, se especifica de la siguiente manera, en primer lugar determinar el precio de la vivienda construida, para ello deberá tomar en consideración: el año de la adjudicación de la vivienda, la capacidad de pago correspondiente a un ingreso de un salario mínimo para el año en el cual se corresponda la adjudicación, y se le da la libertad al Banco para establecer cualquier otra que considere pertinente.
Además deberá elaborar y ejecutar el esquema de financiamiento quele corresponda a cada una de las familias beneficiadas, el Ministeriode Obras Públicas y Vivienda decreta que este esquema debe regirse porla capacidad de pago de cada una de las familias, tomando comoreferencia el salario mínimo y aplicable una tasa de interés de 4,66%anual.
Así mismo, se designa instrucciones para recuperar y reasignar lavivienda, en caso de que está no este siendo habitada por la familiabeneficiaria que cumplió con las condiciones ante el Ministerio deObras Públicas y Viviendas.
Cabe resaltar que este decreto va en conjunto a la Ley de Tierras Urbanas,la cual establece que inmuebles con una antigüedad de 60 años, podránser ocupados mientras se realiza el proceso legal de expropiación y elEstado se reserva la primera opción a compra de todos los inmuebles quese encuentren en esta situación.

31 comentarios
gracias
Soy madre de 3 hijos, no tengo casa, necesito una vivienda y no es justo que personas mal agradecidas les otorguen una casa y demuestren con sus hechos que no necesitan. Espero una respuesta rápida, donde vivo me están sacando. Por favor les pido su ayuda en mi caso. Espero su respuesta.