El pasado 25 de septiembre fueron decretados como de interés cultural 1.216 inmuebles y construcciones ubicados en el municipio Libertador de la Región Capital de Venezuela, publicado en Gaceta Oficial Nº 39.272.
El decreto se realizó con base al artículo 29 de la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural de 1993, el cual establece que “estarán sometidos a Ley los bienes muebles de cualquier época o propiedad de particulares, que a juicio del Instituto del Patrimonio Cultural sean de interés conservar por su excepcional valor histórico o artístico”

En resumen se debe notificar en caso de transacciones con estos bienes y solicitar permiso para realizar cualquier clase de intervención o modificación de estos bienes.
El Colegio de Abogados de Caracas anunció que solicitaran la nulidad de este decreto debido a que el gremio considera que esa disposición, más que salvaguardar el legado arquitectónico de la ciudad, lo que busca es limitar el derecho a la propiedad de los dueños de las infraestructuras.
Otro punto a considerar sería que en caso de marchas y protestas en estos lugares de interés cultural o sus alrededores, cualquier clase de daños o afectaciones serán delitos de acción pública sin la necesidad de instancia de partes (como propietarios) y el decreto incluye no solo edificaciones sino también autopistas, avenidas y plazas en la región capital.
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